El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha dado un paso decisivo para consolidar el trasvase de la carga de la carretera a las vías. Desde hoy y hasta el próximo 21 de septiembre de 2026, se encuentra abierto el plazo de audiencia e información pública del proyecto de orden ministerial que fijará las bases reguladoras para la concesión de subvenciones al transporte ferroviario de mercancías. Este movimiento busca crear un marco de apoyo estable y permanente —enmarcado en la Estrategia de Movilidad 2030 y la iniciativa Mercancías 30— para elevar de forma real la cuota modal del ferrocarril en nuestras cadenas logísticas.
Unificación de incentivos: mérito ambiental y compensación por obras
La gran novedad técnica de esta normativa es que fusiona en una sola línea de ayudas dos esquemas que hasta ahora funcionaban por separado: los populares eco-incentivos del Plan de Recuperación (PRTR) y las subvenciones por perturbaciones extraordinarias de tráfico. De este modo, el Gobierno articula un sistema integral administrado por concurrencia competitiva y financiado mediante los presupuestos propios del Ministerio.
- Reconocimiento del mérito ambiental y socioeconómico: Se calculará y premiará la reducción efectiva de costes externos frente a la carretera. Las variables de medición incluyen el recorte en emisiones contaminantes, el menor impacto en la congestión viaria, la reducción de la accidentalidad y la bajada de la huella acústica.
- Compensación por afecciones en la infraestructura: Se integrará un mecanismo corrector para mitigar el impacto económico que sufren las operadoras cuando se producen restricciones temporales de capacidad provocadas por obras y actuaciones de mejora en la red.
¿Quiénes pueden solicitar estas ayudas y qué plazos hay que tener en cuenta?
La norma está pensada para responder a las necesidades reales del tejido operativo. Podrán optar a estas subvenciones todas las empresas ferroviarias de transporte de mercancías con licencia para operar en el sistema ferroviario español.
- Plazo de alegaciones y consulta pública: Abierto hasta el lunes 21 de septiembre de 2026. Es el momento estratégico para que las entidades y asociaciones del sector envíen sus propuestas para perfilar el texto definitivo.
- Carácter de la medida: A diferencia de las convocatorias temporales ligadas a fondos europeos puntuales, esta orden nace con vocación de permanencia para dotar de certidumbre económica a la planificación de las operadoras.
Esta medida ofrece una herramienta clave para equilibrar el terreno de juego frente al transporte por carretera, blindando la competitividad del sector mientras se acomete la necesaria modernización de las infraestructuras.